Durante una entrevista vía telefonica en el programa radial de opinión, Enfoque, dirigido por el periodista Henry Molina y transmitido por Mambo 94.9fm, el reconocido abogado paraguanero Harold Guerrero informó que no es competencia de la Alcaldía de Carirubana hacer el cobro de los impuestos a Cardón IV ni a ninguna empresa petrolera.
Para Harold Guerrero, la constitución de Venezuela establece en su artículo 156 que el Estado le entrega la facultad al poder nacional tributario representado por el para el cobro de las empresas relacionadas con la actividad petrolera, por lo que en el caso de Cardón IV la competencia del cobro de los impuestos a esta institución le corresponde al Seniat y no a la alcaldía. “A la alcaldía no le compete cobrarle impuestos a Cardón IV”.
Destacó que hubo una intervención por parte de un tribunal, pero hasta ahora se desconoce su sentencia y bajo que preceptos específicos está actuando ya que ningún tribunal puede pasar por encima de la constitución, a su juicio el alcalde Alcides Goitía anda desesperado buscando recursos, nadie sabe qué ha pasado con los anteriores y por eso actúa de tal manera.
Con relación a la ordenanza 417-20 conformada el pasado 18 de septiembre del año 2020, que regula el cobro de los impuestos inmobiliarios sentenció que este incremento en materia tributaria está fuera de lo que establece la normativa por el hecho aplicar un costo anclado a una moneda virtual no reconocida ni sustentada en ningún ámbito. “Para nadie es un secreto que el Petro es un mito”.
Falcón Informativa